Reordenamiento de Maestros designados de manera excepcional INSTRUCTIVO IT/VER Nº. 003/2022
En cumplimiento a la normativa e instructivos IT/VER No. 0039/2021, IT/VER No. 0057/2021, IT/VER No. 0090/2021, IT/VEAE No. 0011/2021, IT/VEAE No. 0044/2021, se instruye a las Direcciones Departamentales de Educación y Direcciones Distritales de Educación, que a partir del 31 de enero de 2022, se proceda al reordenamiento de las y los maestros que fueron designados en el proceso de flexibilización por pertinencia académica y sin años de provincia. De igual forma, los items que fueron cubiertos por profesionales libres que figuren en planillas 2021 y las designaciones de maestras/os con doble jornada, deberán ser declarados en acefalía, siendo el ultimo día de percepción de haberes el 31 de diciembre de 2021. Este proceso debe remitirse a la Unidad de Gestión de Personal del SEP del Ministerio de Educación, hasta el 17 de enero del año en curso, conforme al Manual de Proceso de Elaboración de Planillas de haberes del SEP.

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